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Brent Starnes (2019-06-22)

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En Premier somos pioneros en la preparación completa de la oposición al Cuerpo Militar de Sanidad en la especialidad fundamental de Enfermería.
La experiencia acumulada de estos años, el equipo de profesores expertos en cada uno de los bloques, el método de abordaje de cada unos de los temas y el espíritu que transmite nuestro centro son las claves para que nuestros alumnos nos elijan año tras año desde todos los puntos de España para que les ayudemos en la preparación de la oposición.
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93%
Aprobados Prueba Teórica
92%
Aprobados Prueba Práctica
DESCRIPCIÓN DE LA PREPARCIÓN
TEMARIOPRÁCTICOPRUEBAS FÍSICAS
"Llevamos a cabo una exposición teórica por bloques temáticos, destacando lo fundamental, incidiendo en su aplicación en el test y guiando en el estudio.
Exponiendo al alumno a simulacros de examen al objeto de que se enfrenten en las mejores condiciones a la prueba teórica de la oposición."
La Sanidad militar es una expresión de lo que son las fuerzas armadas y la medicina, los cuales, a su vez, son expresión de la cultura de cada época.

Se especializa en la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, traumatismos, lesiones y trastornos neuropsiquiátricos relacionados con el ejercicio de la profesión militar. Utilice los métodos de la medicina aplicada a aspectos particulares de la profesión de las armas, tanto en tiempos de paz y en condiciones de guerra.

Consiste en el personal militar, que se especializa en medicina, farmacia o enfermería. Gestiona hospitales militares.

Los miembros del Cuerpo Militar de Sanidad, agrupados en Escala de Oficiales y de Oficiales Enfermeros, tienen como cometidos, en el ámbito del Ministerio de Defensa y de sus organismos autónomos, la atención a la salud en los campos logístico-operativo y asistencial, y los relacionados con la Psicología, Farmacia y Veterinaria.

En el desempeño de sus cometidos podrán ejercer la función de mando en centros u organismos. También les corresponden las funciones de administración y logística, de apoyo al mando, técnico-facultativas y docentes relacionadas con dichos cometidos.

En la Escala de Oficiales Enfermeros del Cuerpo Militar de Sanidad existe una sola especialidad fundamental, la de Enfermería.

Los empleos del Cuerpo Militar de Sanidad son los de teniente a general de División en la Escala de Oficiales y los de teniente a teniente coronel en la Escala de Oficiales Enfermeros, todos ellos con las denominaciones del empleo correspondiente seguidas del término médico, farmacéutico, veterinario, odontólogo, psicólogo o enfermero, según corresponda.

Para ingresar en la Escala de Oficiales Enfermeros es obligatorio estar en posesión del título de Graduado o Diplomado en Enfermería.

Tabla de Contenidos [ocultar]
1 Requisitos
1.1 Requisitos generales
1.2 Requisitos específicos
1.3 Requisitos de titulación
2 Proceso Selectivo
2.1 Fase de Concurso
2.2 Fase de Oposición
3 Pruebas de Conocimientos
4 Prueba de lengua inglesa
5 Prueba de aptitud psicofísica
5.1 Pruebas físicas
5.2 Reconocimiento médico
6 Cursos de Preparación
Requisitos
Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, los aspirantes deberán reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes o en la fecha que expresamente se determine en cada anexo, y mantener hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación, los siguientes requisitos:

Requisitos generales
Poseer la nacionalidad española.
No cumplir ni haber cumplido en el año 2018 las siguientes edades máximas:
Ingreso directo: 31 años, con las excepciones siguientes:
Cuerpo Militar de Sanidad, Escala de Oficiales, especialidad fundamental Medicina: 33 años; en el caso de que se requiera estar en posesión de un título de médico especialista: 37 años.
No estar privado de los derechos civiles.
Carecer de antecedentes penales.
No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
Estar en posesión o en condiciones de poseer el nivel de estudios o la titulación para el acceso a la escala y cuerpo, según el anexo correspondiente. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de poseer el título exigido cuando se haya superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los trámites legales para su expedición (pago de tasas de expedición del título).
No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
En el caso de haber dado positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión.
Los solicitantes militares profesionales no deben haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.
No tener anotadas, con carácter firme en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
Requisitos específicos
Procesos de selección para ingreso directo: Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.
Procesos de selección para ingreso por promoción.
Encontrarse en la situación de servicio activo o de excedencia siempre que sea por excedencia por razón de violencia de género.
No superar el número máximo de tres convocatorias ordinarias y dos extraordinarias, en un mismo proceso de selección. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo, las tres primeras convocatorias son ordinarias y las dos siguientes extraordinarias. Las convocatorias extraordinarias deberán calificarse expresamente como tales en la solicitud de admisión al proceso correspondiente. Una convocatoria se entiende consumida cuando el aspirante haya sido incluido en la lista de admitidos a las pruebas. No obstante, si la incomparecencia obedeciera a causa de fuerza mayor debidamente justificada, a motivos de embarazo, parto o posparto, o bien a que el militar se encuentre participando en una misión fuera del territorio nacional, se resolverá, previa solicitud y justificación documental del interesado efectuada antes del inicio de la primera prueba, no computándosele la convocatoria como consumida.
Haber cumplido los siguientes tiempos de servicio en su escala, en la fecha de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente:
Militares de complemento de la Ley 17/1999: cuatro (4) años, contados desde su adscripción a una escala y cuerpo de sanidad militar xxx.
Militares de complemento de la Ley 39/2007: dos (2) años, contados desde su adscripción a una escala o cuerpo.
Suboficiales: un (1) año, contado desde su incorporación a la Escala de Suboficiales.
Militares de tropa y marinería: un (1) año, contado desde su incorporación a las Escalas de Tropa o Marinería.
Los militares que tengan establecida su relación de servicios profesionales mediante compromisos de carácter temporal, deberán tenerlo en vigor en la fecha de incorporación al centro docente militar de formación.
Los militares de complemento deberán tener el empleo de teniente/alférez de navío.
Para las escalas de oficiales de los distintos cuerpos, estar en posesión de un perfil en el idioma inglés con un grado de conocimiento de al menos 2 (dos) en dos rasgos y al menos 1 (uno) en los otros dos rasgos que conforman el perfil. Para los aspirantes a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares, estar en posesión de al menos el perfil 1.1.1.1, obtenido en las condiciones establecidas en la Orden Ministerial 64/2010, de 18 de noviembre, y en la normativa que la desarrolla. Los aspirantes que no posean el perfil lingüístico citado, deberán realizar y superar la misma prueba de lengua inglesa que se define para la forma de ingreso directo. En el caso de que el aspirante no supere la puntuación mínima, será excluido del proceso de selección por no cumplir el requisito de nivel lingüístico.
Requisitos de titulación
Estar en posesión, en los plazos que correspondan según la base común cuarta, de alguno de los títulos siguientes:

Especialidad

Título

Medicina

Licenciado o Graduado en Medicina.

Farmacia

Licenciado o Graduado en Farmacia.

Odontología

Licenciado o Graduado en Odontología.

Veterinaria

Licenciado o Graduado en Veterinaria.

Psicología

Licenciado o Graduado en Psicología.

Enfermería

Diplomado o Graduado en Enfermería.

Para los aspirantes a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, la acreditación de la titulación podrá realizarse hasta el día 20 de julio. Los aspirantes que opten a las plazas con exigencia de especialidad deberán acreditar el título de médico especialista en el mismo plazo anterior.

Proceso Selectivo
Como concurso-oposición, el aspirante participa en un proceso que consta de dos fases:

Fase de Concurso
La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos aportados por los aspirantes admitidos y el establecimiento de su orden de prelación. Se realizará conforme a lo que establecen los anexos I y II de la Orden DEF/2454/2011, de 6 de septiembre, modificada por la Orden DEF/705/2016, de 5 de mayo, y la disposición adicional segunda de la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo, por la que se aprueban las Normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia de titulación universitaria previa. Los resultados se expresarán con tres cifras decimales, redondeados a la milésima.

Las asignaturas o estudios superados se valorarán una sola vez y no serán consideradas por el Órgano de Selección las convalidaciones de los mismos estudios en otros centros de enseñanza.

Para los procesos de promoción, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar solicitará directamente a los órganos competentes de la Dirección General de Personal, Mando o Jefatura de Personal respectiva, las valoraciones de los Informes Personales de Calificación (IPEC) correspondientes a los años 2016 y 2017 o, en su defecto, las dos últimas calificaciones anuales que posean de los aspirantes.

Si solamente dispusiera de un IPEC (periódico o extraordinario), se tomará la nota global de ésta.

La valoración se realizará de acuerdo con el apartado 1.e) del Anexo II de la Orden DEF/2454/2011, de 6 de septiembre. Asimismo, dichos órganos informarán si en alguno de los informes citados hay cinco o más valoraciones con «E».

Los resultados provisionales de la fase de concurso serán expuestos en la página web http://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/ y en el tablón de anuncios de las dependencias donde se ubique el Órgano de Selección, para conocimiento de los aspirantes, dando un plazo para posibles alegaciones de tres (3) días naturales contados a partir del día siguiente al que se hayan hecho públicos los resultados. Las alegaciones que se formulen deberán ser remitidas al Presidente del Órgano de Selección y una vez estudiadas dichas alegaciones, se hará público el resultado final de la fase de concurso.

Fase de Oposición
Consistirá en la realización de las pruebas recogidas en esta base y en el establecimiento del orden de prelación de los aspirantes.

Las pruebas serán las siguientes:

Prueba de aptitud psicofísica.
Prueba de lengua inglesa, excepto para aspirantes por la forma de ingreso por promoción que posean el perfil de inglés requerido.
Prueba de conocimientos.
Pruebas de Conocimientos
Tratará sobre conocimientos generales propios de cada especialidad fundamental. Su descripción se determina en la base decimotercera de la Orden DEF/2454/2011, de 6 de septiembre. Para la forma de ingreso por promoción para cambio de escala, de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, se aplicará lo correspondiente a ingreso directo, según establece el punto 2., de la disposición transitoria primera, de la referida Orden.

Prueba de lengua inglesa
La prueba constará de los siguientes ejercicios:

Ejercicio de comprensión escrita: Consistirá en la lectura de 30 textos cortos. Cada uno de ellos tendrá una pregunta con cuatro opciones de respuesta. Sólo hay una respuesta correcta. El tiempo para la realización del ejercicio será de 50 minutos.
Ejercicio de gramática y vocabulario: Consistirá en varios textos con espacios en blanco que se tendrán que completar. El número total de espacios en blanco será 30. Se presentarán cuatro opciones de respuesta por cada espacio en blanco. Sólo hay una respuesta correcta. El tiempo para la realización del ejercicio será de 50 minutos.
Esta prueba se realizará para la forma de ingreso directo, será puntuable y eliminatoria. La calificación de la misma será de «apto» o «no apto». Los que resulten «no aptos» quedarán eliminados del proceso de selección.

La puntuación final de la prueba se obtendrá aplicando la fórmula P = (A/N) x 100, donde «A» es el número de respuestas correctas de todos los ejercicios y «N» es el número total de preguntas de todos los ejercicios. La máxima puntuación posible a alcanzar será 100 puntos. No restan puntos las respuestas no contestadas o contestadas erróneamente.

Para las Escalas de Oficiales de los distintos cuerpos, los criterios de evaluación de la prueba de lengua inglesa se ajustarán a los de las competencias propias del nivel B1 definido en el «Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: aprendizaje, enseñanza y evaluación» (MCERL), del Consejo de Europa. Serán declarados «apto» aquellos aspirantes que hayan obtenido un número de respuestas correctas igual o superior a treinta (30).

Para la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares los criterios de evaluación de la prueba de lengua inglesa se ajustarán a los de las competencias propias del nivel A2. Serán declarados «apto» aquellos aspirantes que hayan obtenido un número de respuestas correctas igual o superior a veinticuatro (24).

El personal que participe en alguno de los procesos para ingreso por promoción, y no esté en posesión del perfil del idioma inglés especificado en el apartado 1.2.2.f) de la base común segunda, realizará la misma prueba de lengua inglesa que la que se define en este apartado para la forma de ingreso directo. En este caso dicha prueba no formará parte de la fase de oposición y no será puntuable. Continuarán en el proceso de selección aquellos que hayan obtenido un número total de respuestas correctas igual o superior a treinta (30) para las Escalas de Oficiales de los distintos cuerpos, e igual o superior a veinticuatro (24) para la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares.

El orden de realización de los ejercicios será determinado por el Presidente del Órgano de Selección.

Prueba de aptitud psicofísica
La aptitud psicofísica se verificará mediante:

Pruebas físicas.
Pruebas psicológicas.
Reconocimiento médico.
Las calificaciones que pueden obtenerse en las pruebas físicas y en el reconocimiento médico serán de «apto» o «no apto», quedando estos últimos eliminados del proceso de selección.

El aspirante que participe en más de un proceso de selección, derivado de la aplicación del Real Decreto 188/2018, de 2 de abril, realizará las pruebas psicológicas la primera vez que sea convocado, quedando exento de realizar las pruebas que sean del mismo tipo en los siguientes procesos de selección. De igual forma, superadas las pruebas físicas y el reconocimiento médico la primera vez que sea convocado, quedará exento de pasar las pruebas físicas y el reconocimiento médico correspondientes a los siguientes procesos de selección en los que participe, siempre que las marcas de las pruebas físicas y las exigencias del reconocimiento médico sean de igual o superior dificultad a las que se pretenden convalidar. A solicitud del aspirante, el Órgano de Selección deberá emitir certificados de superación de ambas pruebas.

Pruebas físicas
Potencia de tren inferior

Finalidad: Medir la potencia de los miembros inferiores.
Instalación y material: Sobre una superficie plana y consistente (cemento, madera, tartán, asfalto, tierra…). Pared o escala graduada en centímetros y a la altura conveniente. Yeso o talco.
Posición inicial: Pies juntos desde la posición de parado, de lado junto al aparato. Levantar los dos brazos totalmente extendidos hacia arriba, manteniendo ambos hombros en el mismo plano horizontal y sin elevación. El aspirante marca con el extremo de los dedos la altura que alcanza con esta posición dentro de la tabla graduada.
Ejecución: El aspirante salta tan alto como pueda y marca nuevamente con los dedos el nivel alcanzado dentro de la tabla graduada.
Reglas:
Para la ejecución, el aspirante puede mover los brazos y flexionar el tronco y las rodillas y levantar los talones, pero sin que haya desplazamiento o se pierda totalmente el contacto del suelo de uno o de los dos pies antes de saltar.
La prueba mide, en centímetros, la diferencia existente entre la altura alcanzada en la posición inicial y la lograda con el salto.
Se permitirán dos intentos con una leve pausa entre ellos y se anotará la mejor marca obtenida.
Intento Nulo: Será nulo todo intento que vulnere cualquiera de los aspectos aquí detallados.
Potencia de tren superior

Finalidad: Medir la fuerza-resistencia de los principales músculos extensores de los miembros superiores de los aspirantes.
Instalación y Material: Sobre una superficie plana y consistente (cemento, madera, tartán, asfalto, tierra…). Almohadilla de un grosor de 10 cm.
Posición inicial: Situado el ejecutante en la posición de «tierra inclinada» hacia delante, colocará las manos en la posición más cómoda, manteniendo los brazos estirados y perpendiculares al suelo con una separación entre ellos igual a la anchura de hombros.
Ejecución: Adoptada la posición inicial, el juez indicará el inicio de la prueba, realizándose de forma continuada todas las flexiones-extensiones de brazos posibles, teniendo en cuenta que se contabilizará como efectuada una flexión-extensión cuando se toque con la barbilla la almohadilla y se vuelva a la posición de partida, manteniendo en todo momento los hombros, espalda y piernas en prolongación formando una línea recta.
Reglas:
1.ª Se permite, durante la duración del ejercicio, realizar una parada, en cualquier momento, siempre que ésta se realice en posición de extensión de brazos.
2.ª La zona de contacto de la barbilla con el suelo se almohadillará.
3.ª Se permitirán dos intentos, espaciados entre si el tiempo suficiente para permitir la recuperación del ejecutante.
Intento Nulo:
Será considerado nulo el intento que vulnere lo dispuesto en estas reglas.
No se considerará como válida toda flexión-extensión de brazos que no sea completa y simultánea o cuando se apoye en el suelo (consiguiendo ventaja), parte distinta a la barbilla, manos o punta de los pies.
Velocidad

Finalidad: Medir la velocidad de traslación corporal.
Instalación y Material: Pasillo de 50 metros de longitud marcado sobre una superficie plana y consistente (cemento, madera, tartán, asfalto, tierra…). Cronómetro.
Posición inicial: Libre. Detrás de la línea de salida. No se autorizará la utilización de tacos de salida.
Ejecución: Adoptada la posición de salida, a la señal determinada del juez, el aspirante se desplazará a la máxima velocidad posible para completar el recorrido.
El recorrido finalizará cuando el aspirante supere con el pecho la línea de meta o supere el tiempo exigido a superar en la prueba.
Reglas:
La prueba se podrá realizar individualmente.
Se medirá la prueba por el tiempo invertido, valorando segundos y décimas de segundo.
Se podrán realizar dos intentos con una leve pausa entre ellos.
Se autorizará una sola salida nula en cada intento.
Intento Nulo: Será considerado nulo el intento que vulnere lo dispuesto en estas reglas o lo indicado por el juez de salida o el juez de llegada.
Resistencia

Finalidad: Medir la resistencia orgánica de los aspirantes.
Instalación y Material: Superficie plana y consistente (cemento, madera, tartán, asfalto, tierra…), con la longitud suficiente para la realización de la prueba. Cronómetros.
Posición inicial: De pie, detrás de la línea de salida.
Ejecución: Adoptada la posición de salida, a la señal determinada por el juez, los aspirantes iniciarán el recorrido hasta completar los 1.000 m. El recorrido finalizará cuando el aspirante supere con el pecho la línea de meta o supere el tiempo exigido a superar en la prueba.
Reglas:
La prueba se realizará en grupo.
Se autorizará una sola salida nula.
El tiempo invertido se medirá en minutos y segundos.
Se realizará un solo intento.
Intento Nulo: Será considerado nulo el intento que vulnere lo dispuesto en estas reglas o lo indicado por el juez de salida o el juez de llegada.
Soltura acuática

Finalidad: Medir la aptitud global del aspirante en el medio acuático.
Instalación y Material: Piscina de longitud suficiente para la realización de la prueba. Cronómetro.
Posición inicial: Situarse de pie sobre el borde, preparado para realizar la prueba.
Ejecución: Adoptada la posición de salida, a la señal determinada del juez, el aspirante se lanzará al agua y se desplazará 50 metros nadando con estilo libre, en la forma que se especifica en las reglas.
Reglas:
La salida se realizará desde el borde, a la señal del juez.
El recorrido se nadará de forma libre sin realizar ningún apoyo en el fondo de la piscina o corchera.
Cuando el recorrido se realice en dos tramos, al finalizar el primero, el aspirante tocará sin apoyo y/o parada la pared de la piscina con cualquier parte del cuerpo, pudiendo impulsarse con los pies para realizar el recorrido de vuelta.
Finaliza la prueba cuando el nadador toca la pared de la piscina en el momento de la llegada, de forma visible para el juez de llegada o supere el tiempo exigido a superar en la prueba.
En ningún momento de la ejecución estará permitido sujetarse a la corchera, rebosadero o cualquier otro lugar.
Se medirá el tiempo invertido en la prueba en minutos y segundos.
Se realizará un solo intento.
Dadas las características de esta prueba, sólo al finalizar la misma, el juez dictaminará si el aspirante ha cumplido el recorrido conforme a lo que aquí se determina.
Intento Nulo: Será considerado nulo la realización del recorrido en la forma que vulnere lo que se especifica en alguna de las reglas. Sólo se permitirán dos (2) salidas nulas.
Circuito de agilidad

Finalidad: Medir la agilidad de movimientos del ejecutante.
Material: Dos conos. Dos vallas de atletismo tipo estándar, a una altura de 72 cm y una de ellas prolongada verticalmente por dos palos adosados a sus extremos laterales, que tienen las medidas de 170 cm x 5 cm de grosor. Cronómetro.
Recorrido: Área sobre madera, cemento, asfalto, tierra, según gráfico.
Posición inicial: El aspirante situado detrás de la línea de partida y preparado para correr en posición de salida de pie. El lugar de salida es opcional a derecha e izquierda de la valla.
Cómo acceder al Cuerpo Militar de Sanidad: Especialidad Enfermería

Ejecución: Adoptada la posición de salida, a la señal determinada del juez, el aspirante correrá a la mayor velocidad posible para completar el recorrido en la forma que se indica en el gráfico.
Reglas:
Se efectuará el recorrido en la forma indicada en el gráfico.
Se valorará el tiempo invertido, en segundos, contado desde la voz de «Ya», dada por el juez, hasta que el aspirante toca el suelo con uno o con los dos pies, tras pasar el cuerpo totalmente la última valla.
Se permitirán dos intentos, con descanso intermedio.
Intento Nulo: Será nulo todo intento que:
Modifique el recorrido que señala el gráfico.
Derribe alguno de los conos o vallas.
Pruebas físicas y marcas a alcanzar

Prueba

Sexo

Marcas

Potencia de tren inferior (1).

H

33

M

29

Potencia de tren superior (2).

H

9

M

7

Velocidad (3).

H



M

9,9ʺ

Resistencia (4).

H

4ʹ 30ʺ

M

5ʹ 10ʺ

Soltura acuática (5).

H

1ʹ 22ʺ

M

1ʹ 35ʺ

Circuito de agilidad (6).

H

16ʺ

M

19ʺ

(1) Salto vertical con pies juntos; marca mínima reflejada en centímetros.
(2) Extensiones de brazos en posición de tierra inclinada; número mínimo de flexiones.
(3) Carrera de 50 metros lisos; tiempo máximo expresado en segundos.
(4) Carrera de 1.000 metros lisos; tiempo máximo expresado en minutos y segundos.
(5) Natación 50 metros estilo libre; tiempo máximo expresado en minutos y segundos.
(6) Circuito de agilidad, para determinar la capacidad de realizar cambios de dirección y posición con rapidez; tiempo máximo expresado en segundos.
Pruebas Psicológicas

Estas pruebas explorarán las características de personalidad de los aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer su rendimiento como alumno o su futuro desempeño profesional. Los resultados obtenidos serán tomados en consideración en el posterior reconocimiento médico.

Reconocimiento médico
La convocatoria para los reconocimientos médicos se hará pública por el Presidente del Órgano de Selección. En ella se indicará la tanda en la que cada aspirante se someterá al reconocimiento médico, así como la fecha y hora de inicio de la misma.

Se aplicará el cuadro médico de exclusiones indicado en la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre («BOE» número 220, del 13), exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación, modificada por la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo («BOE» número 55, del 5).

El reconocimiento médico se realizará en el Edificio de Cuidados Mínimos, 4ª planta, del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», sito en la glorieta del Ejército, s/n, CP 28047 de Madrid.

Los aspirantes se presentarán al reconocimiento médico en ayunas y con retención de orina e irán provistos de un bolígrafo de tinta azul o negra para rellenar el cuestionario de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploración oftalmológica más precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto que suspendan su utilización al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento médico y acudan a él con gafas debidamente actualizadas.

Los calificados como «no apto» serán eliminados del proceso de selección.

El resultado del reconocimiento médico podrá ser revisado a instancia del aspirante, mediante solicitud dirigida al Presidente del Órgano de Selección del proceso de selección en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) días naturales contados a partir del siguiente al que se haga público el resultado por la Junta de Reconocimiento Médico. El Presidente del Órgano de Selección dispondrá su comparecencia ante el Tribunal Médico Militar de Apelación. El fallo de este Tribunal será definitivo para la continuación del aspirante en el proceso de selección.

Dar positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que se practique en este proceso de selección será motivo de exclusión inmediata del aspirante, de conformidad con la disposición decimocuarta del II Plan General de Prevención de Drogas de las Fuerzas Armadas, de 22 de febrero de 2010, de la Subsecretaría de Defensa.

Sin perjuicio de lo estipulado en la base común decimoquinta respecto a la protección de la maternidad, los aspirantes en quienes concurriese alguna circunstancia justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida someterse al reconocimiento en la fecha prevista, podrán solicitar al Órgano de Selección su inclusión en una tanda de incidencias, y se someterán al reconocimiento médico, o lo completarán, en la fecha que determine el Órgano de Selección.
https://www.cuerpomilitardesanidad.es/acceder-al-cuerpo-militar-sanidad-especialidad-enfermeria/
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base común segunda se deberá verificar durante el desarrollo del reconocimiento médico. Si se detectara la existencia de algún caso en el que no se cumpliera, se pondrá en conocimiento del Presidente del Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.

La Junta de Reconocimiento Médico y el Tribunal Médico Militar de Apelación remitirán al Presidente del Órgano de Selección las actas con los resultados médicos obtenidos por los aspirantes.

Se ha publicado ya la convocatoria para las 30 plazas de enfermería militar:

23 de Ingreso Directo.
2 de Promoción de oficiales y suboficiales, militares de carrera, excepto militares de complemento de la Ley 17/1999.
3 de Promoción de militares de tropa y marinería.
2 de Promoción de militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo.

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ISSN: 19915837